Detalló que se mantienen las condiciones de verificación de emisiones de los automotores, así como del incentivo “00” y los hologramas “0”, “1”, “2”, Rechazo y Evaluación Técnica.
El calendario de verificación de los vehículos matriculados en la Ciudad de México seguirá aplicándose de acuerdo con el color del engomado de circulación o al último dígito numérico de las placas de circulación de la unidad:
Amarillo, terminaación de placa 5 y 6, verifican en enero; rosa, placa 7 y 8 en febrero y marzo; rojo, placa 3 y 4 en marzo y abril; verde, placa 1 y 2 en abril y majo y azul, placa 9 y 0 en maho y junio.
Precisó que para llevar a cabo la verificación vehicular correspondiente es necesario no tener adeudos de tenencia e infracciones.
También es necesario saber que los vehículos nuevos o usados que se registren por primera vez en la Ciudad de México, deberán ser verificados dentro de los 180 días naturales, contados a partir de la fecha de expedición de la tarjeta de circulación.
Los vehículos ya matriculados en la Ciudad de México, que realicen cambio de placa, deberán ser verificados dentro de los 180 días naturales contados a partir de la fecha de expedición de la tarjeta de circulación.
En tanto el plazo para utilizar el pago de la multa por verificación vehicular extemporánea es de 30 días naturales, contados a partir del día siguiente al pago de ésta, siendo el tiempo que se tiene para poder realizar y aprobar la verificación vehicular del automotor.