En opinión de la Dra. Perla Gómez
Periscope, las nuevas tecnologías que usa la autoridad
Es un instrumento nuevo que representa ventajas de comunicación
Foto: Twitter
Dra. Perla Gómez
Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal.
En los últimos meses hemos visto que diversas autoridades, de al menos diez delegaciones de la Ciudad de México, comenzaron a utilizar la herramienta tecnológica denominada Periscope, para llevar a cabo varias acciones.
Se trata de un instrumento relativamente nuevo que representa indudables ventajas de comunicación e incluso, de documentación, pero que al mismo tiempo plantea retos en cuanto a protección de datos y de imagen de las personas y, sobre todo, el fundamento con el cual la autoridad está facultada por la ley para utilizarlas.
En la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal hemos seguido el tema y observado las opiniones tanto de autoridades como de las y los ciudadanos en general, sobre el uso de Periscope que, dicho sea de paso, han sido diversas, por decir lo menos. No olvidemos que el fin no debe justificar los medios, más cuando se quiere usar como justificación de acciones arbitrarias de la autoridad.
Expresamos desde el principio una preocupación: que en esta tarea de grabar y transmitir en vivo con la citada aplicación, se ha exhibido en ocasiones a personas que pudieran estar realizando alguna conducta que implica una falta administrativa, pero de quienes las autoridades tienen el deber de proteger datos personales, como lo son los rasgos físicos que puedan hacer identificable a esas personas y el riesgo de la difusión sin filtro de otros individuos que transitan al momento de los hechos.
Este Organismo Público Autónomo ha señalado que si bien algunas de las conductas que se atribuyen a personas son socialmente reprochables y constituyen una infracción cuya sanción se encuentra debidamente establecida en la normatividad, también es importante asentar que con la utilización de la aplicación Periscope se expone a las personas a quienes se exhibe a una violencia innecesaria que se constituye en una sanción adicional no prevista en ninguna ley o normatividad, por lo que se vulneran derechos humanos.
Esta Comisión envió en todos los casos, de manera inicial, medidas precautorias, solicitando a la autoridad se cancelara la difusión de la imagen y datos personales de las personas agraviadas, con la finalidad de evitar que fueran víctimas de violencia por las redes sociales.
También pedimos que en las acciones que realicen las autoridades en ejercicio de sus atribuciones, se respeten los derechos de las personas, precisando lo que respecta a su obligación de la protección de los datos personales. Más cuando se carece de fundamento para el actuar.
De ninguna manera estamos en contra de que las autoridades cumplan sus deberes, pero pensamos que la exhibición pública de esas personas constituye una sanción no determinada en ningún documento adicional a la que está fijada en leyes o reglamentos por la conducta desplegada, lo que abre una actuación que puede derivar en la arbitrariedad y en el riesgo de abusos de autoridad.
Como el uso de nuevas tecnologías implica nuevos retos, pensamos que es preciso contar con criterios reforzados para aplicar medidas preventivas y evitar violaciones a derechos humanos, además de plantear escenarios de regulación que den certeza a las personas sobre lo que puede o no hacer la autoridad.
Por ello, se solicitó al Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal (INFODF), una opinión técnica en torno de la exhibición de personas con la utilización de la aplicación Periscope y otras herramientas tecnológicas, en aras de proteger datos personales. También solicitaremos al Poder Legislativo que abra el debate en la materia.
Mantenemos nuestra convicción de que, lejos de propiciar enfrentamientos entre quienes habitamos y transitamos en esta Ciudad de México, nos toca buscar mecanismos de denuncia eficaces, pero sin la tentación de que bajo las “buenas causas” abramos la brecha a la discreción de la autoridad, que siempre debe estar limitada.