Doña Olivia, quien estaba casada con don Pablo, falleció hace casi un año. Tras más de 40 años casados, jamás hicieron testamento.

El deceso de Olivia desencadenó inquietudes entre sus tres hijos, Carlos, Raúl y Sara, dado que construyeron sus respectivas casas en el amplio terreno del hogar familiar, legalmente propiedad de Pablo y Olivia.

Los hijos, quienes vivía ahí con sus familias, hablaron con su papá, para iniciar los trámites de legalización de sus propiedades, pero sabían que si lo hacía a través la justicia ordinaria se llevarían mucho tiempo y dinero el juicio familiar.

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Uno de ellos planteó hacerlo por la vía de la mediación, servicio que presta el Centro de Justicia Alternativa (CJA) del Poder Judicial de la Ciudad de México (Niños Héroes 133, colonia Doctores, alcaldía Cuauhtémoc).

Los hermanos y el papá agendaron una cita en el CJA, en cuya plática de premediación el mediador familiar les indicó que lo primero era tramitar el nombramiento de herederos mediante un juicio familiar, y que una vez hecho eso, a través de la mediación buscar un acuerdo sobre la repartición de los bienes, (la casa y propiedades adyacentes).

Una vez que el juez familiar reconoció a hermanos y al papá como legítimos herederos, iniciaron el proceso de mediación, el cual resultó muy sencillo por la buena disposición de la familia, la claridad de las propiedades de cada uno y la guía del mediador.

En el acuerdo, cuya fuerza legal es la de una sentencia, quedó establecida la repartición de los inmuebles, y se señalaron disposiciones del destino final de la casa principal, al deceso de don Pablo.

La familia, asimismo, aprovechó para establecer acuerdos sobre pagos de gravámenes del inmueble, y otros relativos al mantenimiento del mismo.

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