AGUAS CORNUDOS

Suprema Corte descarta infidelidad como delito por daño moral

En una sesión realizada el día 21 de noviembre de este año se resolvió dicha propuesta

Foto: Archivo El Gráfico

Al día 22/11/2018 12:29 Redacción Actualizada 13:51
 

Este jueves la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) descartó a la infidelidad sexual como un ilícito, el cual pueda generar una condena por daño moral.

Resolvió que todo este tipo de actos son de carácter personal y quedan en la autonomía de los cónyuges.

Aclaró que cualquier infidelidad sólo tiene como consecuencia legal el divorcio, en caso de existir una unión formal ante la ley, a decisión de los inmiscuidos.

Para la Sala resulta relevante el compromiso sentimental y económico por ambos cónyuges, sin embargo ninguna desatención en ese sentido procederá de forma legal. 

 

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