El de Sandra fue feminicidio

Lydiette Carrión

OPINIÓN 08/06/2017 10:29 Lydiette Carrión Actualizada 10:29

La nota en realidad ya tiene más de una semana. Sin embargo fue una de las que más discusión causó entre los periodistas. 

Javier Méndez Ovalle, el estudiante que en junio de 2013 (cuando tenía 19 años) asesinó y descuartizó a Sandra Camacho, de 17 años, en un departamento de Tlatelolco, fue sentenciado a 50 años de prisión por el delito de homicidio calificado.

Entre los periodistas se recordó como el caso que evidenció todo lo que falta hacer en las redacciones respecto a género. Muchos medios privilegiaron el hecho de que Javier fuera un estudiante “destacado”, a punto de ser becado para estudiar en el extranjero, que tocaba el piano… En fin, que era una gran promesa para el mundo. Y en cambio, Sandra, menor de edad, no había pasado el examen de admisión a la prepa. Casi como si Sandra tuviera que pedirle perdón a Javier por toparse en su camino, dejarse violar, asesinar y descuartizar, y de este modo arruinarle la vida.

Eso es la violencia de género: no importa que a ella la hayan asesinado de forma brutal, cruel y denigrante, a ella se le cuestionará su vida privada; a él, no. Pero en toda la discusión se perdió de vista algo aún más grave, a Javier Méndez Ovalle se le sentenció por el delito de homicidio calificado, no por el de feminicidio.

En el Código Penal del Distrito Federal se considera que hay razones de género (y, por consiguiente, se debe juzgar por feminicidio) cuando: la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo (Sandra fue violada); a la víctima se le hayan infligido lesiones infamantes, degradantes o mutilaciones, previas o posteriores a la privación de la vida (Sandra fue descuartizada); existan datos que establezcan que se han cometido amenazas, acoso, violencia o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima (no lo sabemos); el cuerpo de la ví́ctima sea expuesto, depositado o arrojado en un lugar pú́blico (Javier abandonó en bolsas de basura los restos de Sandra por Tlatelolco); o la víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a su fallecimiento (no sabemos si Sandra fue retenida o por cuánto tiempo antes de haber sido asesinada).

Según una nota de El Universal del 4 de mayo pasado, entre 2011 y 2016 en la Ciudad de México las autoridades clasificaron como feminicidios 291 casos. En esta estadística no se encuentra el caso de Sandra en 2013, ni el de Karen Sánchez Gochi, asesinada en 2012 por Mario Enríquez. ¿Cuántos casos más estarán en esta situación?

GLOSARIO DE SUPERVIVENCIA. Lenguaje: Llamar las cosas por su nombre permite transformar la realidad. El de Sandra fue un feminicidio.

 

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