Tania Aguilar
De acuerdo con el artículo 4 de la Ley de Justicia Para Adolescentes de la CDMX, los jóvenes menores de 18 años no pueden ser juzgados como adultos por la comisión de un hecho tipificado como delito, ni se les pueden aplicar sanciones previstas por las leyes penales para adultos.
En caso de la comisión de un delito, los menores infractores pueden ser sujetos de diversos tipos de castigo, como prestaciones en función o beneficio de la comunidad, tareas socio-educativas, o internamiento en algún módulo del Centro Especializado para Adolescentes.