POLIAMOR
Juez ampara a hombre para que pueda casarse o ejercer concubinato con 2 o más personas, en Puebla
(Foto: Twitter)
PUEBLA.- Que el matrimonio o el concubinato sea legalmente posible solo para dos enamorados, no para tres o cuatro o más, ha sido encontrado como “estigmatizador” por un juez federal con sede en Puebla.
Impedir desde la ley que dos o más personas se unan en matrimonio o concubinato implica “tratarlos como ciudadanos de otra clase, por lo que no existe ninguna justificación para no darle a estas personas todos los derechos fundamentales”, dice la sentencia que ha vivido un año sin llamar la atención. Hasta hoy, que la twittera Daniel @yoidivichon la hizo visible en un hilo.
Aunque esta resolución sólo beneficia a la persona que tramitó el amparo contra el Código Civil de Puebla, también significa que el poliamor está cada vez más cerca de ser plenamente legal y que la propuesta de “agrandar el cuarto” sí hará felices a los cuatro (o más).
Lee también: Padres de familia exigen renuncia de directora de secu por solapar acoso sexual a alumnos, en Cuerna
En la sentencia la persona quejosa reclama que el Código Civil de Puebla contiene normas “estigmatizadoras” al establecer que el matrimonio y el concubinato sólo pueden celebrarse entre dos personas, excluyendo a las demás preferencias sexuales, como es el caso de las relaciones compuestas por más de dos personas de forma simultánea, conocidas comúnmente como “relaciones poliamorosas”.
El documento sostiene que, con base en los principios de igualdad y no discriminación que influyen en el articulado de la Constitución Mexicana, los artículos 294 y 297 del Código Civil de Puebla son inconstitucionales, por excluir “tácita e injustificadamente a las relaciones entre varias personas del mismo o de diferente sexo, del acceso al matrimonio y al concubinato, al permitir contraer legalmente –el primero– o de hecho –el segundo– a las parejas conformadas por dos personas”.
Para Pedro Arroyo Soto, Juez Octavo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en Puebla, el matrimonio otorga a los cónyuges derechos tangibles e intangibles. Por lo que “negarle tales beneficios a las relaciones conformadas por más de dos personas del mismo o de diferente sexo” unidas en matrimonio o concubinato “implica tratarlos como ciudadanos de otra clase, por lo que no existe ninguna justificación para no darle a estas personas todos los derechos fundamentales que les corresponden como individuos y, al mismo tiempo, otorgarles un conjunto completo de derechos cuando se conducen siguiendo su orientación sexual y se vinculan en relaciones sentimentales estables”.
Lee también: Por aumento de casos, Tamaulipas regresa al semáforo rojo por Covid