Miriam y Eduardo hicieron acuerdos verbales respecto a las cuestiones inherentes a su hijo Iván, de nueve años, tras poner fin a su

Además deque el niño quedara en guarda y custodia de Miriam, así como el monto de gasto de manutención, convinieron en que Iván pernoctara en casa de Eduardo todas las veces que el menor así lo quisiera, en viernes o sábado.

Así funcionó el esquema hasta que algo en la vida de Eduardo cambió. Un viernes, Iván habló con su padre para que lo recogiera un sábado por la tarde, pero, al recogerlo, Miriam se negó a que se lo llevara sin explicación. Así pasó dos veces, hasta que Eduardo buscó ayuda.

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Por recomendación, Eduardo acudió al Centro de Justicia Alternativa (CJA) del Poder Judicial de la CDMX (Niños Héroes 133, colonia Doctores, Cuauhtémoc), pues le dijeron que ahí, mediante un convenio de mediación, podría formalizar jurídicamente los acuerdos con la mamá de su hijo, y así ya no estar a expensas de cualquier vaivén.

Ahí le indicaron que hacía falta que su expareja aceptara mediar. Como Miriam estuvo de acuerdo, el mediador les explicó las ventajas de un convenio, cuya fuerza legal es de una sentencia.

Al dialogar, Miriam le reprochó a Eduardo no comentarle sobre su nueva pareja, y que esa fue la razón por la cual ya no permitió la convivencia con pernocta. Eduardo adujo que ese no era motivo para impedirle ver a su hijo. Con esas posiciones se retiraron.

En segunda sesión, ella expresó su disposición para firmar el convenio como ya estaba acordado de palabra; no así en cuanto a las pernoctas de Iván en la casa de su padre.

Eduardo lo consideró injusto, pues alegó que su pareja era buena persona, pero aceptó la propuesta. Así ambos aceptaron firmar el convenio de mediación.

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