LA GUÍA DEL SEXO
Ciberacoso, todo lo que tienes que saber sobre las agresiones sexuales a distancia
(Foto: Unsplash)
Una de las conductas de agresión que han pasado a la modalidad virtual es el acoso. Que si bien muchas personas pueden considerar que no es tan agresivo como el acoso presencial, su modalidad virtual también tiene fuertes efectos sobre las personas.
En el ciberacoso, el agresor usa los medios de comunicación virtuales para chantajear y obtener favores, por lo general de tipo sexual, de la víctima, pero no lo hace evidente hacia los demás, de hecho trata de mantener clandestina esta manera de agredir.
El ciberacoso en México es más frecuente entre los adolescentes y jóvenes, el 23.3% de los hombres de 20 a 29 años y 29.2% de las mujeres de 12 a 19 años, han vivido algún tipo de ciberacoso que implica las siguientes acciones: que una persona sea expuesta, repetidamente y de forma prolongada en el tiempo a acciones negativas con la intención de causar, o tratar de causar, daño o molestias, por parte de una o más personas usando medios electrónicos tales como el teléfono celular e Internet.
Así como recibir mensajes o llamadas ofensivos, con insultos o burlas; que una persona publique información personal, fotos o videos (falsos o verdaderos) para dañarlo(a); Ser criticado(a) por la apariencia (forma de vestir, tono de piel, peso, estatura, etc.) o clase social; recibir insinuaciones o propuestas de tipo sexual que molesten; Que una persona se haga pasar por uno para enviar información falsa, insultar o agredir a otras personas; Ser contactado(a) por medio de nombres falsos para molestar o dañar; Ser vigilado en sus sitios o cuentas en Internet para causarle molestia o daño; Ser provocado en línea para que reaccione de forma negativa; y recibir fotos o vídeos de contenido sexual que molesten.
Hay varios tipos de ciberacoso entre los que destaca el ciber bullyng, en el cual el agresor utiliza medios de comunicación virtuales para agredir a la víctima, para humillarla y exponerla frente a los demás haciendo externa su superioridad sobre la víctima frente a los demás. Es mucho más común en etapas tempranas como la adolescencia.
También está la sextorsión, generalmente se encuentran casos de pedofilia y pederastia, en el que se le amenaza con exponer contenido sexual de la víctima; el grooming, donde el acoso es de parte de un adulto hacia un menor con intenciones sexuales, generalmente el mayor de edad se hace pasar por menor de edad para empatizar con la víctima y así ganar su confianza; la ciberviolencia de Género, cuando una persona, o grupo de personas ejerce violencia a través de insultos, acoso, control, ataques, chantaje.
Con esta variedad de posibilidades, las ofensas de tipo sexual vía virtual se hacen más evidentes, el problema es que algunas pueden ejercerse de forma tan sutil que como toda forma de violencia, al no notarse fuertemente, avanzan en escala logrando poco a poco un desequilibrio emocional que hace a la persona víctima de acoso presente aislamiento, desánimo o incluso hasta depresión que pude derivar en suicidio.
Para defenderse de este tipo de agresión es importante primero bloquear al acosador y acudir a las instancias de gobierno como la policía cibernética de la Cuidad de México o la policía cibernética de la Comisión Nacional de Seguridad. Además se debe hacer valer la Ley Olimpia que entró en vigor el noviembre de 2020 y que establece penas que van de los tres a los seis años de cárcel y una multa económica con agravante si quien comete el delito es cónyuge, pareja o cualquier persona con la que la víctima tenga o haya tenido una relación sentimental, afectiva o de confianza.