De acuerdo al artículo 4 de la ley reglamentaria del artículo 27 constitucional, en materia de petróleo, la estrategia nacional de energía debe obedecer a los criterios de seguridad energética, sustentabilidad en la plataforma de extracción de hidrocarburos, la diversificación de mercados, la incorporación de mayor valor agregado, el desarrollo de la planta productiva nacional y la protección al medio ambiente.